
Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, el Congreso del Estado de Puebla aprobó el 10 de julio una modificación al artículo 480 del Código Penal estatal, que regula el delito de ciberasedio. La reforma excluye expresamente de ser denunciadas las críticas dirigidas a funcionarios públicos, en un esfuerzo por garantizar el derecho a la libertad de expresión.

La iniciativa, presentada por la Junta de Gobierno y Coordinación Política, fue discutida por casi cuatro horas durante la sesión pública ordinaria. La diputada del PRI, Delfina Pozos Vergara, criticó la reforma al señalar que no aborda de fondo la problemática del acoso digital y cuestionó la abstención de Movimiento Ciudadano (MC), a la que acusó de respaldar al oficialismo.
Por su parte, Fedrha Suriano Corrales, diputada de MC, defendió la reforma como un avance, pero justificó su abstención debido a que la redacción del artículo es ambigua y puede dejar la interpretación del delito a criterio de los jueces. Además, aseguró que su bancada seguirá enfocada en proteger especialmente a los menores de edad en redes sociales.
La diputada panista Susana Riestra manifestó su preocupación porque la reforma no garantiza completamente la libertad de expresión y pidió que se excluyan las denuncias públicas entre particulares para proteger a las víctimas que exponen a sus agresores en plataformas digitales.
En respuesta, Laura Artemisa García Chávez, presidenta del Congreso, aseguró que el dictamen fue producto de foros y propuestas ciudadanas, y que el objetivo es evitar interpretaciones erróneas de la ley. “No hay censura ni cerrazón, el Congreso está del lado de la ciudadanía”, afirmó.
¿Qué establece la reforma?
- Se considera ciberasedio a quien de forma reiterada vigile, hostigue, intimide u ofenda a otra persona, afectando su vida cotidiana o privacidad.
- La pena mínima se reduce de 11 a 6 meses de prisión, manteniendo un máximo de 3 años.
- Se excluyen las críticas dirigidas a servidores públicos o aquellas vinculadas a un interés público.
- Las autoridades deberán analizar el contexto de las publicaciones antes de actuar.
- Las agresiones contra menores, personas con discapacidad o en relaciones de autoridad se investigarán de oficio, sin necesidad de denuncia.
Esta modificación responde a señalamientos de organismos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum, quienes advirtieron que la versión original de la ley podría afectar la libertad de expresión. Además, se realizaron foros con la sociedad civil, periodistas y organizaciones para mejorar la redacción.
Sin embargo, agrupaciones como Artículo 19, la Red Puebla de Periodistas y la Red para la Defensa de los Derechos Digitales (R3D) alertaron que la ley sigue siendo imprecisa y puede permitir interpretaciones arbitrarias que pongan en riesgo el derecho a la crítica política y la libre información.
Con esta reforma, el Congreso de Puebla refrenda su compromiso de atender los delitos digitales sin limitar la libertad de expresión, aunque el debate y la vigilancia ciudadana continúan.